La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dio luz verde a una reforma del Código Contravencional que apunta directamente contra los llamados «trapitos», es decir, las personas que cobran sin autorización por cuidar autos o limpiar parabrisas en la vía pública. La iniciativa, impulsada por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, junto con la legisladora Pilar Ramírez, fue aprobada con el objetivo de poner freno a una problemática que afecta a vecinos, automovilistas y asistentes a eventos masivos.
Un endurecimiento del régimen contravencional
La nueva normativa modifica los artículos 91 y 92 de la Ley 1.472 y diseña un esquema sancionatorio considerablemente más duro que el anterior. La reforma busca atacar no solo la conducta individual de quienes ofrecen estos servicios sin permiso, sino también las estructuras organizadas que operan detrás de la actividad, especialmente en torno a estadios, recitales y espectáculos.
«Si sos trapito, te meto preso», expresó Jorge Macri al celebrar la sanción de la ley. El mandatario porteño remarcó que la medida apunta a quienes, según sus palabras, «se creen dueños de la calle» y sostienen prácticas extorsivas contra los ciudadanos.
Cuáles son las nuevas penas
El texto aprobado contempla un abanico amplio de sanciones para quienes presten servicios de estacionamiento, cuidado de vehículos o limpieza de vidrios sin autorización oficial. Entre las principales penalidades figuran:
- Arresto de 10 a 30 días para los infractores comunes.
- Tareas comunitarias o trabajos de utilidad pública de 20 a 45 días.
- Multas de hasta 7000 unidades fijas, lo que actualmente equivale a alrededor de 6.649.930 pesos.
- Posibilidad de imponer prohibición de concurrencia y restricción de acercamiento a las zonas donde se cometió la falta, para impedir reincidencias en el mismo lugar.
La ley también incorpora agravantes específicos. Cuando la conducta involucre intimidación, amenazas o el aprovechamiento de personas en situación de vulnerabilidad, las penas previstas podrán duplicarse.
Foco en las organizaciones detrás de la actividad
Uno de los puntos centrales de la reforma es el tratamiento diferenciado para quienes coordinan o lideran a los grupos de cuidacoches. Según la nueva norma, los organizadores, coordinadores o jefes pueden enfrentar hasta 60 días de arresto. Además, quedan inhabilitados para acceder a programas sociales, subsidios o cualquier beneficio estatal por un plazo de hasta dos años.
Esta decisión apunta a desarmar las redes que operan de manera sistemática en distintos puntos de la ciudad, evitando que se beneficien de la asistencia pública mientras desarrollan actividades ilegales.
Sanciones reforzadas en eventos masivos
Las penalidades se incrementan notoriamente cuando los hechos ocurren en el contexto de espectáculos multitudinarios, como partidos de fútbol o recitales. La ley define un perímetro y una franja temporal específicos: si la actividad se desarrolla dentro de un radio de 50 cuadras y en una ventana que abarca desde las seis horas previas hasta las tres horas posteriores al evento, los participantes pueden recibir entre 15 y 50 días de arresto.
En el caso de quienes ejerzan funciones de organización o coordinación en esos contextos, las sanciones se elevan a un rango de 45 a 60 días de arresto.
Para facilitar la denuncia de los hechos, la norma habilita al Ministerio Público Fiscal a instalar oficinas móviles en las inmediaciones de los eventos, donde vecinos y automovilistas afectados podrán radicar sus reclamos en el momento.
Responsabilidad de clubes e instituciones
Otro aspecto novedoso de la ley es la responsabilidad atribuida a clubes, instituciones y organizadores de espectáculos. Si se comprueba que personas vinculadas a estas entidades participan directa o indirectamente en la actividad ilegal, podrán aplicarse:
- Multas de hasta 20.000 unidades fijas, equivalentes aproximadamente a 18.999.800 pesos.
- Clausura de las instalaciones por un período que va de 30 a 90 días.
De esta forma, el Estado porteño busca corresponsabilizar a las entidades anfitrionas de eventos masivos en el control de lo que ocurre en sus inmediaciones.
Asistencia social, pero con límites
A pesar del enfoque punitivo, la ley conserva un componente social. Se mantiene la obligación de informar a los infractores sobre los programas de asistencia disponibles en la Ciudad, con el fin de ofrecerles alternativas de reinserción.
Sin embargo, la propia norma establece una excepción clave: quienes lideren o promuevan estas actividades quedarán excluidos de dichos beneficios por un plazo de hasta dos años. La distinción busca diferenciar entre quienes ejercen la actividad por necesidad y aquellos que la organizan como un negocio ilegal.
Un cambio de paradigma en el espacio público
Con la sanción de esta ley, el Gobierno porteño busca instalar un mensaje claro sobre el uso del espacio público y la convivencia urbana. La combinación de arrestos, multas millonarias, restricciones de acercamiento y sanciones a organizadores configura el marco normativo más severo aplicado hasta ahora a esta problemática en la Ciudad de Buenos Aires. La implementación efectiva, los operativos de control y la respuesta judicial serán los próximos factores a observar para evaluar el impacto real de la reforma.